Si colgamos en el artículo 1882 del Código Civil en la parte de las reclamaciones de seguros, vemos que:
"El seguro es un contrato mediante el cual el asegurador se obliga a tomar represalias lesiones del asegurado resultantes de un accidente"
Esta definición es válida para todo tipo de seguros de vida:
- De seguros de propiedad
- Seguros Personales
- Seguro de responsabilidad civil
En los tres casos el seguro de vida se caracteriza por su función compensatoria: hay un accidente y los daños a ser compensados.