Si colgamos en el artículo 1882 del Código Civil en la parte de las reclamaciones de seguros, vemos que:

"El seguro es un contrato mediante el cual el asegurador se obliga a tomar represalias lesiones del asegurado resultantes de un accidente"

Esta definición es válida para todo tipo de seguros de vida:

  • De seguros de propiedad
  • Seguros Personales
  • Seguro de responsabilidad civil

En los tres casos el seguro de vida se caracteriza por su función compensatoria: hay un accidente y los daños a ser compensados.